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La reforma tributaria que se avecina para 2021 ¿Te afecta?

El proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, que se espera aprobar contiene numerosas modificaciones tributarias en diversos tributos

Por eso es importante conocerlas para poder anticiparnos a sus efectos y poder tomar decisiones dentro de nuestra planificación fiscal antes de que acabe este año 2020.

¿Cuáles son exactamente las modificaciones normativas? ¿me afectan?+

Impuesto sobre Sociedades

1) Exención dividendos (art 21 Ley)

La modificación más relevante es la que se refiere a la exención en la percepción de dividendos. El articulo 21 de la Ley que actualmente preveía una exención del 100% del importe se verá modificado de forma que:

  1. Se limita la exención al 95% del importe del dividendo o plusvalía por transmisión de participaciones o liquidación de empresas.
  2. Igualmente se reduce al 95% la exención por dividendos y plusvalías de filiales situadas en el extranjero.
  3. Sin embargo, para no perjudicar a las empresas cuya cifra de negocios sea inferior a 40 millones de euros, éstas sí podrán aplicar la exención del 100% durante un periodo de 3 años, respecto a filiales constituidas después del 1/1/2021. La exención el 100% aplica tanto si la filial es española o extranjera.
  4. Se elimina la exención y eliminación de doble imposición en dividendos y rentas derivadas de transmisiones de participaciones para aquellos casos en que el valor de participación en la filial sea superior a 20 millones de euros. Únicamente aplicará la exención cuando el porcentaje de participación sea al menos del 5%.

Esta es quizás la modificación más relevante de la tributación de las personas jurídicas que pasan de aplicar una exención completa a tributar por el 5% de los dividendos y plusvalías por transmisión de participaciones. Es por ello que, si su entidad tenía intención de distribuir dividendos en el corto plazo o vender participaciones, es preferible anticipar la decisión y llevarlo a cabo antes de que finalice el año 2020.

2) Limitación de Gastos financieros

Y, de consecuentemente, se modifica la regulación de la limitación de los gastos financieros eliminado la adición al cálculo del beneficio operativo de los ingresos financieros procedentes de participaciones en instrumentos de patrimonio cuando procedan de dividendos en participaciones cuyo valor de adquisición sea superior a 20 millones de euros.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

1) Base imponible general

Se incrementa el tipo estatal del 22,5% al 24,5% para las rentas que excedan de 300.000 euros.

Se minora las reducciones para las aportaciones de planes de pensiones, que se limitan a 2.000 euros frente a los 8.000 euros actuales para aportaciones del participe a planes individuales. Sin embargo, el limite conjunto del participe y la empresa se ve aumentado de 8.000 a 10.000 euros por lo que la empresa podría aportar hasta 8.000 euros.

Se prorroga en 2021 los limites en estimación objetiva (módulos) para el IRPF

2) Base imponible del ahorro

Se crea un nuevo escalón de gravamen por encima hasta el 26% para los importes de base del ahorro que exceda de 200.000 euros. Actualmente, las cantidades por encima de 50.000 euros tributan al 23%.

De la misma forma que con el Impuesto sobre Sociedades, si se tiene intención de percibir dividendos, intereses o se prevé la venta de algún elemento patrimonial (acciones, inmuebles, etc) que vaya a reportar un beneficio sustancial, es preferible llevarlo a cabo en 2020.

Y de no ser posible, se podrían explorar otros pactos como el de pago aplazado que permita integrar de forma anual, proporcionalmente, la ganancia producida.

Impuesto sobre el Patrimonio

Se establece su vigencia indefinida, para evitar la necesidad de prorrogarlo anualmente

Se aumenta el gravamen del último tramo de la escala (base liquidable de 10.695.996,06 €), del 2,5% al 3,5%IVA

Impuesto sobre la Renta de no Residentes

De forma coherente con la modificación en el IS, se modifica la exención relativa a los beneficios distribuidos por las entidades españolas a sus matrices residentes en otros Estados del Espacio Económico Europeo, eliminándose la exención cuando el valor de la participación sea superior a 20 millones de euros, resultando aplicable únicamente cuando la participación sea, directa o indirectamente, del 5%

Se establece la posibilidad de acogerse a la exención por intereses y otros rendimientos por cesión de capitales propios, así como las ganancias patrimoniales derivadas de bienes muebles obtenidos sin EP a Estados procedentes del Espacio Económico Europeo, para adecuarlo al acuerdo del EEE

IVA

  • Con el fin de desincentivar el consumo de bebidas azucaradas y edulcoradas, se incrementa el tipo impositivo del 10% al 21%.

Sin embargo, este incremento solo se aplicará en la venta de estos productos en supermercados, aplicándose el 10% en bares y restaurantes para no perjudicar aún más al sector de la hostelería en plena pandemia del COVID-19

  • Se prorrogan en 2021, los límites para aplicar el régimen simplificado de IVA y el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca

ITP-AJD

En relación con los títulos y grandezas nobiliarios, se incrementa el 2% el tipo de gravamen.

Impuestos sobre las Primas de Seguro.

Se aumenta este tributo del 6% al 8%

Impuestos especiales (Impuestos sobre Hidrocarburos)

Se reduce la bonificación fiscal del diésel que pasa a 34,50 céntimos por litro frente al tipo de 40,70 centramos por litro actual, pero solo aplica el incremento para el transporte por carretera, sin que afecte al gasóleo de uso profesional ni al gasóleo bonificado.

Sin embargo, el tributo que grava al diésel seguiría estando por debajo del de la gasolina.

Impuestos sobre Actividades Económicas

Se crean nuevos epígrafes de actividad para dar coberturas a actividades que han surgido nuevas o que no encontraban un correcto encaje en los epígrafes existentes:

  • Actividades de comercialización de suministros de carácter general (electricidad y gas)
  • Comercio mixto integrado en grandes superficies, para aquellos comercios que no están relacionados necesariamente venta de alimentación o ropa.
  • Suministro de energía a vehículos eléctricos a través de puntos de recarga

Y el tipo de interés legal del dinero queda fijado en el 3% hasta el 31 de diciembre de 2021, manteniéndose el tipo que se viene aplicando desde 2016.

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febrero 10, 2024